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Continuando con nuestro estudio acerca del drama de la redención, quiero recordarles que ya hemos visto varios de los distintos Pactos que Dios estableció con Su pueblo, y mencioné al inicio que, la estructura misma del pacto es ese vínculo que une el Antiguo y el Nuevo Testamento. De hecho, cuando los llamamos el Antiguo y el Nuevo Testamento, lo que estamos diciendo es el antiguo y nuevo pacto. También mencioné que tomaría un tiempo para explicar el formato literario y las estructuras del pacto.A mediados del siglo XX, un profesor de la Universidad de Michigan llamado Mendenhall escribió una monografía muy breve que apareció en el periódico casi como un ensayo titulado simplemente: “La ley y el pacto en el antiguo cercano oriente”.
Ahora, lo que el profesor Mendenhall hizo en ese trabajo fue resumir algunos descubrimientos extremadamente importantes del siglo XX, particularmente en este caso ya que se relacionaban con el antiguo pueblo heteo. Mendenhall notó que en los documentos –algunos documentos que se habían descubierto, que habían sobrevivido desde la antigüedad–notó que había una cierta estructura en los tratados que se hicieron en el mundo antiguo entre lo que se llamó el rey soberano y sus reyes vasallos.
Es decir, tienes un gran rey y él hace alianzas o un pacto con reyes menores, y en este arreglo o en este tratado soberano, como se le denomina, ciertas facetas aparecen regularmente en estos tratados. Voy a enumerar los elementos que encontramos en estos tratados antiguos. El primero es que estos tratados siempre contenían un preámbulo, tal como lo tiene la Constitución de Estados Unidos, y luego lo que siguió después del preámbulo fue lo que llamamos el prólogo histórico, y luego el prólogo histórico es seguido por las estipulaciones –o los términos del acuerdo—y luego esas estipulaciones son seguidas por sanciones y juramentos.
También tenemos ceremonias de ratificación y disposiciones para la renovación. Ahora bien, lo que este hombre notó en este análisis fue que este mismo formato se encuentra con frecuencia en las escrituras del Antiguo Testamento. Meredith Kline, profesora de Antiguo Testamento, ha escrito al menos dos libros que amplían este análisis de la estructura de los convenios que encontramos en la Biblia.
Esos dos libros se titulan en primer lugar, Tratado del Gran Rey y el segundo se llama Por juramento consignado, donde la Dra. Kline se explaya sobre el trabajo de Mendenhall para mostrar cómo se puede encontrar esta estructura de tratados en los documentos del Antiguo Testamento. Permítanme comenzar entonces con una breve introducción al capítulo veinte del libro de Éxodo. Creo que todos sabemos que Éxodo 20, uno de los capítulos más famosos del Antiguo Testamento, es muy conocido porque es en ese capítulo que encontramos el Decálogo, o los Diez Mandamientos, que forman la base fundamental o la base legal para la formación de la nación que Dios instituyó con su pueblo Israel. Y empieza así: “Y habló Dios todas estas palabras, diciendo: Yo soy Jehová tu Dios, que te saqué de la tierra de Egipto, de casa de servidumbre. No tendrás dioses ajenos delante de mí.”
Lo que vemos aquí en esta breve introducción en el primer versículo de Éxodo 20 es un preámbulo y un prólogo histórico. El preámbulo es la situación en la cual el miembro soberano de este tratado, porque los tratados soberanos no eran pactos o convenios entre iguales. El soberano era el gran rey, como mencioné, y los otros reyes que se aliaron con él eran reyes menores, y entonces la soberanía descansaba en el soberano.
Y eso es lo que encontramos aquí en el Antiguo Testamento, que el socio soberano de este pacto es Dios; y Dios, en el preámbulo, se identifica a sí mismo. Él se presenta a sí mismo por su nombre, al igual que en el mundo heteo, el nombre del gran rey se declara primero. “Yo soy Yajabibi, rey de todos los heteos” y así por el estilo. Aquí notamos que en Éxodo 20, comienza con esta declaración: “Yo soy Yahweh, tu Dios”,
De tal manera que Dios se identifica por su nombre como el soberano en el tratado, y luego sigue el prólogo histórico. Una de las cosas fascinantes en el Antiguo Testamento es que encontramos estos prólogos históricos frecuentemente, en especial cuando hay ceremonias de renovación del pacto. Entonces el prólogo histórico actualizará la historia de la relación entre Dios y su pueblo.
De nuevo, es importante que comprendamos que el Dios al que servimos es un Dios personal. Él tiene un nombre y hay una historia de la relación entre Dios y su pueblo. Inicialmente, Dios se identifica aquí como el Señor del pueblo –Yahweh, su Señor—el que ha hecho…¿qué? “Yo soy Jehová tu Dios, que te saqué de la tierra de Egipto”.
Anteriormente, cuando Dios le hablaba a José, por ejemplo, decía: “Yo soy el Dios de Abraham, de Isaac y de Jacob.” Al decir eso, él se estaba identificando a sí mismo con la historia pasada de su relación con su pueblo. Ahora se está expandiendo. No solo es el Dios de Abraham, Isaac y Jacob, sino que ahora se lo conoce como el Dios que ha actuado en la historia para provocar el Éxodo. “Yo soy Jehová tu Dios, que te saqué de la tierra de Egipto”. Ahora, todo esto, todo este preámbulo y prólogo, antes de llegar a los términos del pacto.
Ahora, lo que Mendenhall llamó las estipulaciones, se refiere a esos artículos, ese contenido del tratado por el cual se hacen ciertas promesas o acuerdos. Esos son los términos del acuerdo. Así como cuando tenemos un contrato laboral hoy en día –si tú tienes un contrato donde trabajas, puedes estar bajo contrato con un empleador y tener una descripción de funciones. Y la descripción de funciones, especifica o establece las estipulaciones y los términos de tu empleo; eso incluye tanto tus responsabilidades como tus beneficios.
Por ejemplo, en el mundo heteo, el rey decía: “Yo soy Yajabibi, rey de todos los heteos y ahora prometo que protegeré tus tierras de reyes extranjeros. Mis ejércitos se mantendrán a tu disposición y actuarán cada vez que te sientas amenazado, y al mismo tiempo, es tu responsabilidad entregar a mis almacenes tantos costales de grano por año y tanto dinero de impuesto por año.” Esos son los términos del acuerdo.
En el contrato nupcial que tenemos hoy, tenemos ciertas promesas que se hacen, en la que nos comprometeos mutuamente, y decimos que prometemos amarnos y ser fieles y todas esas cosas que prometemos, en cualquier circunstancia, sea que estemos en enfermedad o en salud, en abundancia o en escasez, ya saben, hasta que la muerte nos separe.
Esas partes de la ceremonia nupcial incluyen las estipulaciones del acuerdo o del pacto. Ahora, la razón por la que menciono estas estipulaciones es porque tenemos que entender que el Decálogo, los diez mandamientos, implicó un resumen de las estipulaciones básicas del pacto con el que Dios hizo con y a través de Moisés.
Moisés es llamado el mediador del antiguo pacto. Es a través de Moisés que la ley ahora se le da a la nación, la ley que se expande mucho más allá de las obligaciones que Dios le impuso con anterioridad a Abraham, Isaac, Jacob y demás. Ahora tenemos esta codificación formal de todas las estipulaciones para que Israel sea una nación, para ser el pueblo de Dios en esta situación histórica redentora.
Y no solo tienes los diez mandamientos, o el decálogo, sino que lo que sigue a los diez mandamientos se llama el código de santidad, que se expande con mucho más detalle sobre las obligaciones que se establecen en los diez mandamientos. Este es otro aspecto que espero que encuentres interesante: que hay dos tipos distintos de leyes que son parte de este pacto que Dios establece con Moisés en el monte Sinaí.
A veces se conoce como el pacto Sinaítico porque fue dado a través de Moisés en el monte Sinaí. Y los dos tipos distintos de leyes que encontramos aquí en el libro de Éxodo y en todo el Pentateuco son lo que se llama ley apodíctica y el segundo se llama ley casuística. Ahora bien, estos términos pueden no ser familiares para todos, en especial el primero, apodíctico.
Ahora, ese es un término que casi nunca escuchamos, pero lo que se entiende por ley apodíctica son las leyes que se otorgan como universales, como principios universalmente vinculados que forman la base misma de todo el código legal de la nación.
En nuestra situación actual, podríamos ver un paralelo entre los diez mandamientos y su función en Israel y la declaración de derechos de nuestra Constitución estadounidense, porque todas las otras leyes de la tierra, de las cuales existen miles de leyes en las legislaciones, todas ellas siempre se juzgan de conformidad con, o en relación con, las leyes presentes en la Declaración de derechos en la Constitución.
Ahora, la razón por la que se llaman apodícticos es por la forma en que son dados y que son referidos. Siguen una fórmula determinada y esa fórmula aquí es: “Tú harás…” o “No lo harás…” Esa es la fórmula que no es una situación hipotética condicional, sino que es lo que hoy llamaríamos leyes absolutas. Quiero decir, esto es totalmente extraño para una cultura como la nuestra, donde hay personas que abrazan el relativismo y dicen que no hay nada absoluto excepto el absoluto de que no hay nada absolutamente nada absoluto.
Así que la ley apodíctica son los principios universales que definen todas las otras leyes específicas que vienen después. Ahora, la ley casuística, a diferencia de la ley apodíctica es la que comúnmente llamamos “jurisprudencia”. Jurisprudencia: ley que surge de situaciones de vida específicas y casos específicos.
Sabemos que cuando los abogados presentan casos en el tribunal de nuestro país, siempre están preocupados por encontrar precedentes para situaciones similares e intentar alentar al tribunal a aplicar una decisión previa a una situación que tal vez ahora es un poco diferente pero que, sin embargo, tiene suficientes similitudes con los hechos anteriores que fueron resueltos por el tribunal, que examinamos todo el cuerpo de la jurisprudencia para dar pautas a futuras decisiones.
Ahora bien, la fórmula de la jurisprudencia en el Antiguo Testamento es la siguiente: generalmente sigue este tipo de formato literario: si tal o cual, tal y tal cosa sucede, entonces tal o tal cosa y tal y tal debería ser la respuesta de la corte. Y estas leyes son ejemplares. Es decir, sería algo como esto. La jurisprudencia diría: si su buey aplasta el campo de otra persona, entonces se aplicarán ciertas penalidades o sanciones en ese caso. ¿Vieron? Hay un caso.
Ahora, si la Biblia cubriera todos los casos imaginables de jurisprudencia, entonces la Biblia sería un libro tan grande que se necesitaría una grúa para levantarla. Por eso existe la jurisprudencia como modelo o ejemplo de cómo debe administrarse la justicia. Supongan que ahora mi problema no es que mi buen haya pisoteado tu jardín de rosas, sino que mi cabra ha devorado tus gladiolos.
Es posible que la Biblia no hable específicamente acerca de las cabras comiendo gladiolos, pero vemos si hay un caso, una instancia, un ejemplo de algo similar en la Biblia de donde podemos sacar conclusiones. Y así es como funciona la jurisprudencia. Entonces, tienes tanto la ley apodíctica como la ley casuística, todas incluidas en este concepto que llamamos estipulaciones. Y así las estipulaciones del pacto que Dios hace con Moisés comienzan con declaraciones tales como: “No tendrás dioses ajenos delante de mí. No te harás imagen, ni ninguna semejanza”… y así sucesivamente a través de los diez mandamientos.
Ahora, luego de que se dan las estipulaciones, y tenemos que recordar, de paso, que la ley en el Antiguo Testamento no es algo abstracto que desciende del cielo aislado de cualquier contexto real. El contexto de esta ley es un pacto, y sigue siendo parte del pacto de gracia.
Entonces, no podemos decir que las leyes de Dios son contrarias a su gracia, pero sí, que vienen a nosotros como parte de la expresión de su bondad y misericordia, que Él incluso haría un trato con nosotros, que incluso Él sería nuestro Señor del pacto.
Es un acto completamente amable de parte de Dios. Y también tenemos que entender que las leyes de Dios, nuevamente, no son principios abstractos, sino que son las leyes de nuestro Dios personal. Obedecemos la ley no solo porque sean leyes, sino porque son leyes de Dios y queremos ser obedientes a Él, y queremos agradarle.
Y Él expresa su placer al darnos estas leyes para decirnos cómo vivir. Ahora, estas estipulaciones son seguidas por juramentos y sanciones, se toma juramento y en el caso que ya hemos visto, el caso de Abraham, Dios hizo un pacto con él y juró por Sí mismo.
Hizo un juramento, y ese juramento es una promesa solemne en donde promete cumplir los términos del pacto. Dios hizo ciertas promesas a Adán, hizo promesas a Noé, hizo promesas a Abraham, y ahora hace estas promesas al pueblo de Israel. Y la promesa que se genera en el antiguo pacto es la promesa de bendición.
Leemos, por ejemplo, en el capítulo 28 de Deuteronomio, y dice: “Acontecerá que si oyeres atentamente la voz de Jehová tu Dios, para guardar y poner por obra todos sus mandamientos que yo te prescribo hoy, también Jehová tu Dios te exaltará sobre todas las naciones de la tierra. Y vendrán sobre ti todas estas bendiciones, y te alcanzarán, si oyeres la voz de Jehová tu Dios”. Y luego obtenemos esta larga lista de bendiciones prometidas.
“Bendito serás tú en la ciudad, y bendito tú en el campo. Bendito el fruto de tu vientre, el fruto de tu tierra, el fruto de tus bestias, la cría de tus vacas y los rebaños de tus ovejas. Benditas serán tu canasta y tu artesa de amasar. Bendito serás en tu entrar, y bendito en tu salir.” ¿Oyes lo que está diciendo? Él dice: “Si obedeces la ley de Dios, la bendición te acompañará en todas tus empresas. Serás bendecido en la cocina, serás bendecido en el dormitorio. Serás bendecido en tu morada; serán bendecido en la sala.
Serás bendecido en el país; serás bendecido en la ciudad. Cuando te levantes, cuando te acuestes, a donde sea que vayas, todo lo que hagas, recibirás la bendición que viene de Dios por cumplir las estipulaciones del pacto. Por otro lado, si no mantienes la bendición, o si no cumples con las estipulaciones del pacto, entonces habrá sanciones contra ti, y esas penas se expresan en el Antiguo Testamento en términos de maldiciones,
Leemos en el capítulo 27 de Deuteronomio estas declaraciones: “Maldito el que deshonrare a su padre o a su madre. Maldito el que redujere el límite de su prójimo. Maldito el que hiciere errar al ciego en el camino”. Y la idea general aquí es que si rompes la ley de Dios, entonces la maldición te seguirá a todos lados.
“Maldito serás tú en la ciudad, y maldito en el campo. Maldita tu canasta, y tu artesa de amasar. Maldito el fruto de tu vientre, el fruto de tu tierra, la cría de tus vacas, y los rebaños de tus ovejas”. Maldiciones por doquier. Esa es la pena o las sanciones, sanciones negativas, por no cumplir con las estipulaciones. Y luego, como ya hemos visto en el caso de Abraham, estos pactos son ratificados generalmente por algún tipo de ceremonia de corte, como la circuncisión, indicada entre los judíos.
Y, por último, había una disposición en estos antiguos pactos para tenerlos actualizados y lo vemos con frecuencia en el Antiguo Testamento, donde al final de la vida de Moisés, él reúne a todas las personas y realizan una renovación del pacto donde Moisés pasa la posta de su liderazgo a Josué.
Y luego en la vida de Josué, él realiza una ceremonia de renovación del pacto: “escogeos hoy a quién sirváis… pero yo y mi casa serviremos a Jehová.” Estas declaraciones son parte de toda esta amplia estructura de pacto, que veremos más en nuestra próxima sesión. La mayoría de nosotros somos muy cuidadosos con el entendimiento de los términos de los contratos que hacemos.
Recuerdo que el año pasado la asociación de acreditación de seminarios hizo su revisión de nuestro seminario en Orlando y todos los profesores fueron entrevistados por los funcionarios. En ese momento, yo era el decano de la institución; y me llamaron para una entrevista y estaban muy preocupados porque la facultad de nuestro seminario solo tiene contratos de un año. No tenemos tenencia en nuestra institución académica, y esta asociación de acreditación tuvo una mala impresión de eso.
Entonces me preguntaron de inmediato: “R.C., ¿cómo te sientes respecto a los términos de tu contrato? Y comencé a reír. Y dijeron: “Por qué te ríes?” Y dije: “Porque no tengo un contrato.” Dijeron: “Qué quieres decir con que no tienes un contrato?” Dije: “Bueno, no tengo un contrato escrito”. Le dije: “Salgo a cenar una vez al año con el presidente del seminario y nos sentamos y él me dice lo que quiere que se haga el próximo año y cuál será la compensación, y disfrutamos la comida, nos damos la mano al despedirnos y ambos olvidamos lo que acabamos de decir.”
Dije: “Tenemos una relación muy amistosa e informal. No me molesta en absoluto. Me alegra hacerlo”. Ellos pensaban que estaba siendo explotado y era terrible, por lo que dije: “No”. Les dije: “Estoy muy contento con esto porque entendemos cuáles son mis obligaciones y cuáles son los términos de nuestra relación”.
Entiendo la importancia de tener las cosas detalladas en los contratos y todos nosotros debemos ser cuidadosos y diligentes, en especial si tenemos un rol de superintendentes en un contrato industrial o algo por el estilo, que seamos diligentes en mantener los términos y las obligaciones de cualquier acuerdo que hayamos celebrado porque esto tiene su base en la misma relación que Dios tiene con su pueblo.